Cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita
Aprende más sobre los Cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita.
Leyes nuevas e importantes de La Florida, con relación a la custodia y visita o, tiempo compartido
El 1 de Julio de 2023, el gobernador de Florida, Ron DeSantis, ratificó una serie de legislaciones nuevas que han tenido un impacto significativo en el proceso judicial de los casos de custodia y tiempo de visita de menores en el estado. Ahora, en lugar de los términos tradicionales “custodia” y “visita”, se emplea el término en inglés “timesharing” o su equivalente en español, “compartir tiempo”.
Dentro del estatuto 61.13 de Florida, se encuentran subsecciones que delinean las directrices legales a seguir en casos que involucran la determinación del tiempo de convivencia entre ambos progenitores, anteriormente denominado como “custodia” y “visita”.
Modificaciones sobre la Custodia y Visita
Antes del 1 de Julio de 2023, existían una serie de criterios que los tribunales consideraban para determinar si la madre, por ejemplo, debía recibir, por orden judicial, más tiempo con el menor que el padre. El tribunal evaluaba evidencias para determinar si el bienestar del menor se veía favorecido al pasar más tiempo con la madre (por ejemplo) que con el padre.
La modificación reciente al estatuto incluye un párrafo crucial en su subsección 61.13(2)(c)1 sobre la custodia y visita. A continuación, se presenta una traducción al español con las adiciones resaltadas en negrita:
“Es la política pública de este estado que cada hijo menor mantenga contacto frecuente y continuo con ambos padres después de que estos se separen o el matrimonio se disuelva, y para fomentar que los padres compartan los derechos, responsabilidades y alegrías de la crianza de los niños.
A menos que se disponga lo contrario en esta sección o sea acordado por las partes, existe una presunción refutable de que compartir igualmente el tiempo con un hijo menor está en el mejor interés del menor. Para rebatir esta presunción, una de las partes debe demostrar mediante una preponderancia de la evidencia que compartir el tiempo de manera equitativa no está en el mejor interés del menor.
Excepto cuando las partes acuerden un calendario de tiempo compartido y este sea aprobado por el tribunal, este deberá evaluar todos los factores contemplados en la subsección (3) y emitir determinaciones específicas por escrito al establecer o modificar el calendario de tiempo compartido.”
¿Qué es la presunción refutable?
Antes de profundizar en lo mencionado anteriormente, es fundamental comprender el concepto de “presunción refutable”. La ley de Florida lo explica en el estatuto 90.302 de la siguiente manera (en traducción al español):
90.302 Clasificación de presunciones refutables: Cada presunción refutable es:
(1) Una presunción que afecta el peso de la carga de la prueba y requiere que el decisor de los hechos (el Juez) asuma la existencia del hecho que se presume, a menos que se presente evidencia creíble y suficiente para respaldar una determinación de la no existencia del hecho presumido; en tal caso, la existencia o no existencia del hecho presumido debe ser determinada a partir de la evidencia sin considerar la presunción; o
(2) Una presunción que afecta el peso de la prueba impuesta sobre la parte contra la cual opera el peso de la prueba, considerando la no existencia del hecho que se presume. Todo sobre los Cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita.
El estatuto 90.302 se encuentra aquí.
Ejemplos para entender el contexto sobre los cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita
Entiendo, aquí está la interpretación de los cambios y ejemplos para su consideración:
Básicamente, la nueva ley que entró en vigor el 1 de Julio de 2023 establece que, por ley, tanto el padre como la madre, después de separarse o divorciarse, deben tener una custodia compartida, también conocida popularmente como “50/50”. Esto significa que se presume que el tiempo de custodia debe dividirse equitativamente entre ambos progenitores.
En otras palabras, por ejemplo, el padre podría tener al menor durante una semana y la madre la siguiente, alternando de esta manera, o podrían dividir el mes en dos periodos iguales, uno para cada uno, entre otras opciones.
Además, la nueva ley también establece que si alguno de los padres no está de acuerdo con esta presunción de custodia compartida, es decir, con el reparto equitativo del tiempo, tiene la carga legal de demostrar ante el tribunal por qué no debería ser así.
Esta carga legal de prueba puede resultar bastante exigente de cumplir. Para ilustrar esto, aquí hay algunos ejemplos de situaciones en las que la presunción legal de una custodia 50/50 podría no ser apropiada:
Por ejemplo, si el padre vive en California y el menor, junto con la madre, reside en Florida, y el menor está establecido en una escuela en Florida. En este caso, sería perjudicial para el menor que el padre tenga un 50% del tiempo de custodia, ya que implicaría que el niño tendría que cambiar de escuela y de entorno cada seis meses, lo cual no sería en su mejor interés.
En esta situación, la presunción legal de que es en el mejor interés del menor tener un contacto equitativo con ambos padres podría ser refutada.
Más ejemplos para comprender los cambios en la ley
Aquí tienes algunos ejemplos adicionales:
- Si el padre, la madre y el menor residen cerca, pero el padre está cumpliendo una sentencia de prisión de 20 años, una presunción de custodia 50/50 no sería en el mejor interés del menor.
- Otro ejemplo sería si el padre, la madre y el menor viven cerca, pero el padre tiene un historial reciente y extenso de condenas por abuso sexual de menores y/o violencia doméstica. En este caso, una presunción de custodia 50/50 tampoco sería en el mejor interés del menor.
En estas situaciones, es probable que un juez dictamine que la custodia compartida no es adecuada y solicite que la parte que se opone a esta presunción demuestre en el tribunal por qué no debería aplicarse, según los criterios establecidos en el estatuto 61.13.
Además, la ley también ha cambiado la base legal para las modificaciones de los planes parentales (custodia y visitas), lo cual será abordado en otro artículo. Aquí habéis tenido unos ejemplos sobre los Cambios en la Ley sobre la Custodia y Visita.