Documentos notariales.

Aranceles notariales y registrales

Aranceles notariales y registrales

Los honorarios notariales se mantienen uniformes para todos los notarios y están establecidos por el gobierno a través de Real Decreto. Si deseas más información al respecto, te invitamos a revisar el siguiente enlace.

Cuando se redacta la minuta de un documento público, es crucial considerar primero si el documento implica una operación económica (como compraventa, hipoteca, partición de herencia o constitución de sociedad) o si se trata de un documento sin una transacción económica explícita (como un testamento, poderes, capitulaciones o actas). Además, se debe tomar en cuenta el número de páginas del documento firmado y la cantidad de copias autorizadas y simples que se emiten.

También es importante que conozcas qué es el protocolo notarial y en qué notaría se firmo.

Documentos sin cuantía

Para documentos sin cuantía, las tarifas son las siguientes:

  • a) Poderes generales: 30,05 €.
  • b) Poderes para litigios: 15,02 €.
  • c) Actas: 36,06 €.
  • d) Testamentos, por otorgante: 30,05 €.
  • e) Capitulaciones matrimoniales: 30,05 €.
  • f) Otros documentos (como estado civil, emancipación, reconocimiento de filiación, etc.): 30,05 €.
  • En el caso de poderes, si hay más de dos otorgantes, se cobrarán 6,01 € por cada uno adicional, y por cada apoderado que exceda de seis, 0,60 €.

Documentos de cuantía.

Para documentos de cuantía, se aplicarán los siguientes derechos basados en una escala progresiva según el valor de los bienes del negocio documentado:

  • a) Valor hasta 6.010,12 €: 90,15 €.
  • b) Exceso entre 6.010,13 y 30.050,60 €: 4,5 por 1.000.
  • c) Exceso entre 30.050,61 y 60.101,21 €: 1,50 por 1.000.
  • d) Exceso entre 60.101,22 y 150.253,03 €: 1 por 1.000.
  • e) Exceso entre 150.253,04 y 601.012,10 €: 0,5 por 1.000.
  • f) Exceso de 601.012,11 € hasta 6.010.121,04 €: 0,3 por 1.000.
  • Para montos superiores, el Notario acuerda una cantidad con las partes otorgantes.

Los derechos mencionados se reducen en un 25% para préstamos y créditos personales o con garantía hipotecaria. La reducción alcanza un 50% en segundas o posteriores transmisiones de edificios y viviendas con calificación de actuación protegible, y en la subrogación o novación modificativa de préstamos hipotecarios.

Aquí puedes conocer más sobre los documentos notariales.

Las copias y cédulas autorizadas

Las copias y cédulas autorizadas, junto con su nota de expedición, si corresponde, generarán un costo de 3,00 € por cada folio o parte de este. A partir del duodécimo folio inclusive, se aplicará la mitad de la tarifa mencionada anteriormente.

Las copias simples tendrán un costo de 0,60 € por cada folio.

Los folios de matriz

Para los folios de matriz, a partir del quinto folio inclusive, se aplicará un cargo de 3,00 € por cada cara escrita. Sin embargo, en los casos de subrogación y novación modificativa de préstamos hipotecarios, los folios de la matriz no generarán ningún cargo hasta el décimo folio inclusive.

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